Nuevos beneficios para contribuyentes en tasas y contribuciones municipales 2022

Con la sanción de la Ordenanza General Impositiva, Ordenanza Tarifaria, el Presupuesto General de Recursos y Gastos con sus respectivos anexos y notas complementarias que regirán en el período fiscal 2022, se recuerda que se han incrementado los beneficios a los contribuyentes.

Tasa por servicio a la propiedad: Se amplía el beneficio al contribuyente cumplidor un 10%, pasando del 20% al 30%. Es un apoyo a aquellos que se esfuerzan día a día para cumplir y contribuir con el progreso de la ciudad.

Para quienes adhieran al cedulón digital se le descontarán el importe respectivo a gastos administrativos ($ 200,00). A partir de 2022, podrán gozar de dicho beneficio los contribuyentes que adhieran inmuebles de terceros. Así se promueve la migración a los sistemas online, promoviendo la despapelización y la simplicidad de los procesos administrativos.

Asimismo el contribuyente que abone mediante “CIDIBELL”, seguirá teniendo un descuento adicional del 5%, elevando el descuento total al 35% más el descuento de los gastos administrativos mencionados previamente.-

Se mantiene el descuento aplicado el año pasado del 10% para pago de contado de la contribución.

De esta manera, si el contribuyente abonase la tasa en pago único obtendrá hasta el 45% de descuento, más el descuento de los gastos administrativos.-

Exención Tasa de la Propiedad para Jubilados: Se elevó el 60% el tope del establecido en la Ordenanza Tarifaria a los efectos de que mayor cantidad de jubilados y pensionados locales puedan acceder a la exención de tasa a la propiedad.

Reducción y beneficios para desarrollistas: En faz de favorecer los procesos de urbanización y aumentar la demanda de loteos, con la exclusión del recargo por baldío por 3 períodos desde el inicio de obra. Adicionalmente, una vez finalizado el desarrollo, los lotes que quedasen a nombre del desarrollistas y no sean dispuestos, gozarán a solicitud de parte, de un descuento del 75% de la Tasa por servicios a la propiedad para el primer año, y del 50% y 25%, para años subsiguientes. Adicionalmente, sigue vigente la reducción de la mencionada tasa y a solicitud de parte para todo desarrollo inmobiliario de loteos o de grandes superficies de uso residencial, comercial, industrial o de servicios, que comprendan una superficie de parcela mayor a 5.000 m2.

Se mantienen las eximiciones o tarifas diferenciadas de los derechos de oficina vinculados a trámites y gestiones que se realicen de manera online o canal simplificado electrónico.

Continúa la reducción de alícuotas en camiones, acoplados y colectivos: Adicionalmente como gran novedad, se aplica una alícuota diferenciada del 1,25% para autos híbridos y eléctricos.

En lo que respecta a rodados de más de 20 años de antigüedad, por primera vez, se fija un tope de valuación mínima por la cual pagarán la contribución única anual. Dicho valor asciende a $300.000.

Se amplía el beneficio al contribuyente cumplidor un 10%, pasando del 20% al 30%.

Para rodados, rigen los beneficios de los pagos de tasas a la propiedad, con el descuentos de hasta el 45%, más la eximición de los gastos administrativos.

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